Modelos de Cumplimiento

Modelo de Prevención de Delitos Ley N°20.393

La Universidad SEK tiene un serio compromiso con sus fines y objetivos institucionales, así como también con el ordenamiento jurídico nacional vigente, es por eso que ha desarrollado un Modelo de Prevención de Delitos en atención a lo establecido en la Ley N° 20.393, para colaborar activamente con la prevención de los delitos allí contemplados, los cuales son:

Cohecho o Soborno a Funcionario Público (nacional o extranjero) Financiamiento del Terrorismo Lavado de Activos Receptación Corrupción entre privados Administración desleal

Delito que comete un particular que le ofrece o consiente dar a un empleado público un beneficio económico, en beneficio propio o de un tercero, para que éste ejecute un acto de su cargo, lo omita, infrinja sus deberes, ejerza influencia o cometa un delito funcionario (artículo 250 del Código Penal).

Leer más

Todo acto que implique solicitar, recaudar o proveer fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquier de los delitos terroristas señalados en la Ley N°18.314.

Leer más

Todo acto que implique ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas que provienen de la perpetración de delitos relacionado con el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, tráfico de armas, promoción prostitución infantil, secuestro, cohecho y otros.

Leer más

Todo acto que implique almacenar, transportar, comprar, vender, transformar o comercializar, en cualquier forma, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de receptación o de apropiación indebida.

Leer más

Todo acto que implique dar, ofrecer o consentir en dar a un empleado o mandatario (particular) un beneficio económico o de otra naturaleza, para sí o un tercero, para que favorezca o por haber favorecido la contratación con un oferente por sobre otro.

Leer más

Todo acto que perjudicando a otro se apropiare o distrajere dinero o cualquier otra cosa mueble que hubiera recibido en depósito, comisión, administración u otro título que produzca la obligación de entregarla o devolverla.

Leer más

¿Quiénes pueden cometer este delito?

Para los efectos de la Ley N° 20.393 los sujetos activos de estos delitos son los dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes y quienes realicen actividades de administración y supervisión que obren directa e inmediatamente, en su interés o para su provecho.

Canales de consulta

Para garantizar la funcionalidad del Modelo de Prevención, la USEK ha designado un Encargado de Prevención de Delitos, a quien podrá dirigirse las consultas al formulario canal de consultas.

Formulario de consultas

Canal de denuncia

En este canal de denuncias se podrán reportar situaciones que puedan constituir alguno de los delitos contemplados en la ley 20.393. Es deber de todo funcionario institucional denunciar los hechos que puedan constituir la comisión de los delitos señalados.
Se les recuerda que este canal es sólo para el caso de una posible comisión de los delitos anteriormente señalados y no para otros fines.

 

Formulario de denuncias

Modelo de Prevención, Investigación y Sanción del Acoso Sexual, la Violencia y la Discriminación de Género Ley N°21.369

En el contexto nacional e internacional de promover el respeto y garantía de los derechos humanos, específicamente, aquellos relacionados con la igualdad de género, la prohibición de la discriminación arbitraria, la violencia de todo tipo y el acoso sexual, el Estado de Chile el 30 de agosto de 2021 promulga la Ley N° 21.369 Sobre Prevención del Acoso Sexual, La Violencia y La Discriminación de Género en el Ámbito de la Educación Superior, publicada en el Diario Oficial el 15 de septiembre de 2021.

La ley en comento tiene como objetivo promover políticas integrales orientadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, y proteger y reparar a las víctimas en el ámbito de la educación superior, con la finalidad de establecer ambientes seguros y libres para todas las personas que se relacionen en las referidas comunidades académicas, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual.

En este sentido, la ley manda a las instituciones de educación superior contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, que contendrá un modelo de prevención y un modelo de sanción de dichas conductas, cuyos contenidos mínimos están determinados en la ley.

Por tanto, es en virtud de estas exigencias legales, constitucionales y de justicia que la Universidad SEK Chile desarrolla el presente Modelo de Prevención.

Constituye acoso sexual cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada o no consentida por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad de una persona, la igualdad de derechos, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional, o que cree un entorno intimidatorio, hostil o humillante, o que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico, con independencia de si tal comportamiento o situación es aislado o reiterado.

Constituye violencia de género cualquier acción o conducta, basada en el sexo, la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de una persona, que le cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado.

Constituye discriminación de género toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de una persona y que, careciendo de justificación razonable, le cause privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

Sirve para prevenir, investigar, sancionar y erradicar lo más posible el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, contribuyendo a crear entornos y ambientes libres y seguros de dichas conductas. El Modelo permite que ante una denuncia se activen una serie de medidas de acogimiento de la denuncia, acompañamiento a las víctimas y reserva de toda la información mientras dure el proceso, con pleno respeto a los derechos humanos de las personas involucradas.

PROCEDIMIENTO LEY 21.369

#YoGenero es una campaña de sensibilización en torno a la Ley 21.369 y que está dirigida a la comunidad de Universidad SEK. A través de diferentes acciones comunicacionales buscamos entregar información sencilla para explicar los alcances de la citada Ley, los que USEK ha plasmado en el Modelo de Prevención, Investigación y Sanción del Acoso Sexual, la Violencia y la Discriminación de Género.

Visita esta página periódicamente para mantenerte al día con #YoGenero

Cápsula informativa

Campaña Yo genero